Sesión Inicial de la Ley 1/2025

La premediación es una fase previa a la mediación en la que se analiza el conflicto, se informa a las partes sobre el proceso y se valora por las partes sí la mediación es adecuada en ese caso.

PROCESO DE MEDIACION

Alta de expediente e información de como funciona el proceso de mediación.

Sesión previa y Sesión constitutiva de negociación (sin o con partes, CAUCUS)

Actas y documentación:

Anáilisis de documentos, acuerdos provisionales.

Cierre del proceso: documentación final para acuerdo, demanda, homologación o archivo.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

 ¿Reconocerá el juzgado el acta?

Documentamos el acta conforme a la Ley 1/2025. El acta acredita que se ha intentado la mediación y, por tanto, sirve como prueba válida del cumplimiento del requisito de procedibilidad, cuando sea exigible. Si no hay acuerdo, el acta acredita el intento de mediación. Si hay acuerdo, este puede elevarse a escritura pública o ser homologado judicialmente, adquiriendo fuerza ejecutiva en caso de incumplimiento. En definitiva, el acta no solo es válida, sino que tiene plena utilidad jurídica dentro del procedimiento.

¿Perderé control del caso?

No, al contrario: en mediación mantienes el control en todo momento. Nadie va a decidir por ti, ni el mediador ni la otra parte. Tú decides si quieres participar, qué contar, qué proponer, qué aceptar y, sobre todo, si quieres llegar a un acuerdo o no. Puedes levantarte del proceso cuando quieras si no te convence. La mediación no impone soluciones: te devuelve el control sobre el conflicto, permitiéndote encontrar una salida que realmente se ajuste a tus intereses, en lugar de que un tercero imponga una decisión que quizá no te satisfaga

¿La plataforma cumple RGPD?

Sí. Control de accesos, cifrado en tránsito y registros de actividad.

¿Esto alarga el procedimiento?

No. De hecho, suele acortarlo. La mediación es un proceso ágil y flexible que puede resolverse en pocas sesiones, mientras que un procedimiento judicial puede prolongarse durante meses o incluso años. Además, si se alcanza un acuerdo, se evita todo el recorrido del juicio. Incluso cuando no hay acuerdo, la mediación no retrasa de forma significativa el proceso y puede servir para clarificar el conflicto y facilitar una resolución posterior más rápida.

Con la mediación cumples con la Ley 1/2025 y, si no hay acuerdo, puedes acudir al juzgado e interponer tu demanda.